El comentario que se puede hacer a la norma sobre contratos, aún en espera de la directiva especifica, es que la administración de personal está ingresando a un proceso muy complejo y difícil de manejar. Por un lado, está el concurso de nombramiento establecido mediante RM 199-2010-ED que todavía no ha concluido; está también el concurso que dispone la RM 422-2010-ED y, finalmente, esta norma para contratos. En todas ellas se dispone que los profesores deben someterse a pruebas.
La pregunta que surge es: no habría podido simplificarse el proceso? ¿Cuántos de los profesores están particpando simultáneamiento en los tres concursos? ¿Que sucederá con los profesores que ganen una plaza de contrato y que esa plaza sea ganada luego por un profesor que se presentó al nombramiento?
¿Ha previsto el MED esta situación? Sería bueno que la Unidad de Personal del MED de explicaciones sobre la estrategia que sigue y cómo se evitará que los profesores sean sorprendidos con sucesos en el camino que podrían significar una suspensión de sus contratos por una mala planificación de los procesos.
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