Esta medida, que estará vigente hasta el 31 de julio, implica la suspensión de todas las actividades escolares así como la reprogramación de los exámenes previstos en ese período, los cuales se retomarán una vez culminadas las vacaciones.
La norma que oficializó el adelanto de vacaciones indica que las direcciones regionales de educación, las unidades de gestión educativa local y las instituciones educativas están obligadas a supervisar el cumplimiento de la disposición, bajo responsabilidad”.
En la víspera, el Ministerio de Educación anunció penas de cárcel, multas e inhabilitación para ejercer la profesión docente a los directores y promotores de los colegios públicos y privados que no acaten la norma del adelanto de vacaciones.
El viceministro de Gestión Institucional, Víctor Raúl Díaz Chávez, fue enfático en señalar que no cumplir con lo dispuesto acarrea el delito contra la salud pública, que, de acuerdo con el artículo 292 de nuestro Código Penal, se castiga con pena privativa de la libertad no menor de seis meses ni mayor de tres años, y con 180 días de multa.
Pero también, agregó el viceministro, el artículo 368 del mismo Código Penal sanciona con penas de hasta dos años de cárcel e inhabilitación del funcionario para ejercer su profesión, en caso de desobediencia o resistencia a la autoridad.
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